Hay opositores que llegan al reconocimiento médico de la Guardia Civil sin haber leído el cuadro de exclusiones. Estudian el temario, miden sus tiempos en pista, llevan meses en esto, y de repente un hallazgo en la audiometría o una cifra en la visión sin corrección les cierra el proceso. Nunca lo miraron.
Este artículo recorre el reconocimiento médico apartado por apartado: qué exploran, qué causas de exclusión figuran en el anexo del BOE y qué puedes revisar con tu médico antes de la fecha.
El reconocimiento médico se realiza, en las convocatorias habituales, después de la prueba de conocimientos y de las pruebas físicas. El orden exacto lo determina cada convocatoria, pero su carácter eliminatorio es constante: quien no lo supera queda fuera del proceso con independencia de su nota o de sus marcas físicas.
Lo realiza el servicio médico propio de la Guardia Civil, no el médico de cabecera del candidato ni un centro externo. Los resultados son oficiales y pueden recurrirse por la vía administrativa, aunque el margen para revertir una exclusión basada en el cuadro publicado en el BOE es, en la práctica, estrecho.
La exploración cubre varios sistemas del organismo. No es una revisión rápida de tensión y peso: cada aparato tiene criterios propios y cada criterio tiene un umbral recogido en la convocatoria.
Se evalúa la agudeza visual sin corrección y con corrección, el campo visual, la percepción de colores y el fondo de ojo. El punto que más candidatos no anticipan: la agudeza sin corrección también tiene un umbral, no solo la corregida. Una miopía alta funciona bien con gafas pero puede quedar por debajo del mínimo exigido sin ellas.
Afecciones como el glaucoma, ciertos antecedentes de desprendimiento de retina o miopías patológicas de grado elevado pueden ser causa de exclusión con independencia de lo que el candidato vea con corrección óptica. Los valores exactos están en el anexo de la convocatoria vigente.
Se practica una audiometría tonal en ambos oídos por separado. Las pérdidas auditivas que superen los límites del cuadro son causa de no aptitud. Muchos candidatos con hipoacusia leve no la han detectado en su vida cotidiana: aparece en la prueba sin que lo esperaran, sobre todo en quienes han tenido exposición prolongada al ruido.
Se realizan electrocardiograma en reposo, auscultación cardíaca y respiratoria, y control de tensión arterial. Ciertas arritmias, la hipertensión no controlada o algunas cardiopatías estructurales figuran entre las causas de exclusión. La tensión puede subir el día del reconocimiento por los nervios: si la tienes habitualmente en el límite, coméntalo con tu médico de cabecera antes de la fecha.
Esta parte no es un test de personalidad: es una entrevista clínica con revisión del historial. El médico examina antecedentes psiquiátricos relevantes, tratamientos activos y condiciones neurológicas que puedan afectar a la aptitud para el servicio. Complementa las pruebas psicotécnicas de la Guardia Civil, que también forman parte del proceso selectivo y tienen su propia lógica de preparación.
La convocatoria establece una talla mínima diferenciada por sexo. No alcanzarla excluye al candidato sin más valoración. Se revisan también la columna vertebral, las extremidades y la movilidad articular: escoliosis de grado significativo o secuelas funcionales de lesiones previas pueden estar recogidas en el cuadro. Las cifras exactas de talla, en la convocatoria vigente.
Se solicita analítica de sangre y orina. Incluye cribado de consumo de sustancias: un resultado positivo es causa directa de no aptitud. La ventana de detección varía según la sustancia y puede abarcar varias semanas.
El cuadro de exclusiones publicado en el BOE es el único documento vinculante. Estas son las que con más frecuencia afectan a candidatos en condiciones físicas generales aceptables:
No es obligatorio presentar informes propios, pero llevarlos puede aclarar hallazgos conocidos y evitar ambigüedades en la valoración:
Esto no es un diagnóstico. Es una lista de lo que conviene comprobar con tiempo suficiente para actuar si aparece algo:
Sí, siempre que la agudeza con corrección cumpla los valores mínimos del cuadro y que la agudeza sin corrección tampoco esté por debajo del umbral reglamentario. Los valores exactos los fija cada convocatoria en su anexo. No uses como referencia datos de convocatorias anteriores: los criterios pueden cambiar.
No de forma genérica. Las restricciones afectan a los tatuajes visibles con el uniforme reglamentario (cuello, cara, manos más allá de los guantes) y a los que tengan contenido contrario a la dignidad de las personas o incompatible con los valores del Cuerpo. Si tienes tatuajes en zonas potencialmente visibles con el uniforme, revisa la normativa vigente antes de presentarte.
No. El cuadro recoge condiciones psiquiátricas activas o con secuelas funcionales relevantes, pero no cualquier antecedente. Un episodio puntual resuelto y un trastorno crónico en tratamiento activo tienen valoraciones clínicas distintas. Si has tenido atención psicológica o psiquiátrica, lleva un informe actualizado de tu situación actual al reconocimiento.
Quedas excluido del proceso en curso. Puedes presentar un recurso de reposición ante la administración si consideras que la evaluación contiene un error, pero revertir exclusiones basadas en el cuadro oficial es difícil en la práctica. Nada impide presentarte en convocatorias futuras si la causa de exclusión ha desaparecido o ha sido tratada satisfactoriamente.
El reconocimiento médico tiene el mismo carácter eliminatorio que las pruebas físicas. Una tarde con tu médico de cabecera, revisando el cuadro de exclusiones, puede evitar una sorpresa que no tiene solución una vez dentro del proceso.
Si tienes dudas sobre alguna fase del proceso selectivo, puedes consultarnos en los comentarios o a través del formulario de contacto del blog.

